Seguro que en más de una ocasión te has preguntado cómo es la forma de trabajar de los camioneros. ¿Tienen una normativa? ¿Trabajan todas las horas que quieren? ¿Están obligados a parar para descansar? ¿Cuál es la velocidad máxima que pueden alcanzar? Un montón de preguntas que vamos a intentar de responderte en este artículo. Y es que el sector de los transportes es el gran desconocido en estos aspectos. Incluso el desconocimiento sobre su funcionamiento y aplicación todavía es muy amplio en el sector.
Tiempos de conducción para los camioneros
Son muy importantes los tiempos de conducción. Se puede realizar una conducción continuada de hasta 4:30 horas. En ese momento habrá que parar. Es normal ya que las cualidades físicas van menguando y más aún en un transporte de estas características. Por otro lado, la conducción diaria no puede sobrepasar las 9 horas; 10 horas dos veces cada semana.
Un tiempo que se mide entre el final de un período de descanso diario y el principio del siguiente período de descanso diario semanal. No se mide por día natural, entre las 00:00 y las 24:00 horas. Mientras que la conducción semana tiene que ser 56 horas. Los tiempos de conducción se miden por semanas naturales, esto es de las 00:00 horas del lunes hasta las 24:00 horas del domingo, lo que permite que se pueda conducir cuatro días seguidos 10 horas, si lo hacemos el sábado y domingo de una semana y el lunes y martes de la siguiente.
Por último, durante la conducción bisemanal (dos semanas) no se pueden superar las 90 horas en dos semanas consecutivas. Esta comprobación hay que hacerla de cada semana con la semana anterior y también con la posterior. Así pues, como puedes ver hay mucho control dentro del gremio para evitar que los conductores puedan sobrepasar estos límites.
Además, los descansos diarios tienen que realizarse dentro de las 24 horas siguientes al anterior descanso. En este caso, si para hacer el descanso se sobrepasan las 24 horas desde el inicio de cualquier actividad (no solo por conducir) diferente a descanso, se comete una infracción. Como aseguran desde la empresa Transportes Transthalia, “estos son conceptos que las empresas de transporte nos tomamos muy en serio porque el riesgo es importante y en está mucho en juego”.
Velocidad para los camioneros
Los camiones tienen que ir a 80 km/h cuando circulen por carretera convencional y a 90 km/h cuando lo hagan por autopista o autovía. Por eso hay que estar muy atento al controlador. Para los turismos y vehículos comerciales ligeros también será obligatorio contar con un sistema de frenado de emergencia (ya obligatorio para camiones y autobuses), así como un sistema de emergencia de carriles. Hasta ahora los vehículos utilizados en el sector de transporte como furgones, furgonetas, camiones, tractocamiones (tractoras), autobuses, etc. eran sancionados solo si superaban los límites de velocidad establecidos para los turismos, que son por encima de las de los vehículos utilizados en transporte.
Sin embargo, la tecnología también llega a este sector. Así, las instituciones de la Unión Europea: Comisión, Parlamento y Consejo están configurando el futuro tacógrafo digital. Una novedad que incorporará muchos aspectos como un GPS que se encargaría de registrar automáticamente el inicio y fin de jornada, el registro del peso efectivo del vehículo o el control a distancia de los datos que registre el tacógrafo.
Está claro que la tecnología hay que aprovecharla en beneficio de la seguridad y de la progresión. Y es que también se está estudiando la posibilidad de que el tacógrafo avise cuando se esté punto de cometer alguna infracción relacionada con los tiempos de conducción y descanso.
Papeles de un camionero
Si se infringen los límites de velocidad, aparte de ser sancionados por este motivo, se podrán encontrar con otras sanciones como por no tener el ITV en vigor o no tener el seguro obligatorio. Y mucho ojo con no cumplir esta normativa porque la DGT avisa de que pasarán a la Dirección General de Transporte toda la información sobre las infracciones cometidas por conductores profesionales reincidentes, para que la empresa en la que trabajan sea inspeccionada.